Régimen Tributario Especial
Transición de las entidades sin ánimo de lucro hacia el régimen tributario especial
Entre las modificaciones que la Ley de reforma tributaria estructural 1819 de 2016 introdujo al Régimen Tributario Especial –RTE–, vale la pena mencionar los cambios realizados al artículo 19 del ET por el artículo 140, para establecer que las asociaciones, fundaciones y corporaciones constituidas como entidades sin ánimo de lucro pueden solicitar su calificación como contribuyentes del RTE, siempre que cumplan con los requisitos mencionados en él.
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